Estimados Padres, Madres y/o Apoderados/as:
Junto con saludarles cordialmente y esperando que se encuentren bien, informamos a ustedes que, como es de conocimiento público, durante el mes de marzo comienza a regir en todos los establecimientos educacionales del país la normativa establecida por la Ley N° 21.801, la cual regula el uso de teléfonos celulares y dispositivos tecnológicos personales durante la jornada escolar.
¿Por qué se aplica esta ley?
- Prevenir situaciones asociadas al uso inadecuado de tecnologías digitales, incluyendo el ciberacoso y otras conductas que puedan afectar la sana convivencia.
- Resguardar el bienestar socioemocional y la salud mental de la comunidad estudiantil.
- Promover una convivencia escolar positiva y potenciar la interacción social entre estudiantes.
- Favorecer la concentración y fortalecer los procesos de aprendizaje durante la jornada escolar.
Regulación según nivel educativo
El establecimiento prohíbe el uso de teléfonos celulares y dispositivos tecnológicos personales durante la jornada escolar para resguardar el proceso educativo, la convivencia escolar positiva y el bienestar integral de los estudiantes. La regulación promueve el uso responsable de tecnologías y la corresponsabilidad familia–escuela.
La prohibición del celular se contempla dentro de toda la jornada escolar, incluyendo recreos, talleres ACLES, salidas pedagógicas.
Casos excepcionales autorizados
El establecimiento podrá autorizar, de forma excepcional, fundada y temporal, el porte o uso de dispositivos móviles en los siguientes casos:
1)Uso pedagógico planificado por el docente.
2)Situaciones de salud debidamente acreditadas.
3)Apoyo a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales.
4)Emergencias, desastres o catástrofes.
Cada situación será revisada y autorizada junto al área correspondiente (Programa de Integración Escolar, Dirección Académica, Coordinación de convivencia Educativa, Rectoría).
Procedimiento ante uso indebido:
En caso de incumplimiento de la normativa, se aplicará el siguiente procedimiento:
1) Intervención pedagógica inmediata (apagar y guardar el dispositivo).
2)Registro en la hoja de vida del estudiante e información al Inspector Educacional.
3)Aplicación de medidas formativas, de acuerdo con la gradualidad establecida en nuestro Reglamento Interno.
4)Activación de media disciplinar según Reglamento Interno o activación de otros protocolos según corresponda.
Canales oficiales de comunicación
Reforzamos que los canales formales de comunicación entre el apoderado y el colegio son:
- Teléfono Colegio: (41) 235 0392
- WhatsApp Corporativo: +56 9 3945 0126
- Instagram: colegio_andresbello
- Facebook: Colegio Andrés Bello
- Correo Institucional
- Plataforma Lirmi
IMPORTANTE : Asimismo, recordamos que los retiros de estudiantes durante la jornada escolar deben realizarse presencialmente por el apoderado titular o suplente, con registro formal en el establecimiento, conforme a lo indicado en nuestro Reglamento Interno vigente.
No se aceptarán solicitudes por vías escritas ni telefónicas. No se gestionarán retiros por WhatsApp, Instagram u otras redes sociales.
En los próximos días estaremos compartiendo material explicativo y generando espacios de consulta para resolver dudas. Queremos que cada apoderado se sienta acompañado en este proceso y que, juntos, podamos garantizar el éxito de esta implementación.
Recordemos que educar es tarea de todos: familia y escuela trabajando en equipo por el bienestar de nuestros estudiantes.
Atentamente,
Equipo Directivo
Colegio Andrés Bello

