Comunicado N°37 – 2021 – Convención sobre los Derechos del Niño

¿Qué es la Convención sobre los Derechos del Niño? 

La Convención sobre los Derechos del Niño es un convenio de las Naciones Unidas que describe la gama de los derechos que tienen todos los niños,  niñas  y adolescentes y establece normas básicas para su bienestar en diferentes etapas de su desarrollo. Los países que ratifican la Convención (y que por consiguiente se convierten en Estados Partes de la misma) aceptan someterse legalmente a sus estipulaciones e informar regularmente a un Comité de los Derechos del Niño sobre sus avances.

La Convención es el primer Código universal de los derechos del niño legalmente obligatorio de la historia. Contiene 54 artículos y reúne en un solo tratado todos los asuntos pertinentes a los derechos del niño, los cuales pueden dividirse en cuatro amplias categorías: derechos a la Supervivencia, al Desarrollo, a la Protección y a la Participación. 

Un poco de historia sobre la Convención: 

  • En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una Declaración Universal de los Derechos Humanos. 
  • En 1959, las Naciones Unidas aprobaron una Declaración de los Derechos del Niño que consistía en 10 derechos, y que no constituía una obligación legal para aquellos países que la firmaran. 
  • En 1978, el gobierno de Polonia sometió a la Comisión de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas la versión provisional de una convención sobre los derechos de los niños. 
  • En 1989, se concluyó la Convención y fue adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre. La Convención entró en vigor en 1990, después de ser ratificada por 20 países.

Chile firmó y suscribió la Convención junto a otros 57 países el 26 de enero de 1990. El 10 de julio de ese año, fue aprobada unánimemente por ambas ramas del Congreso y ratificada ante Naciones Unidas el 13 de agosto. El día 14 de agosto de 1990 fue promulgada como ley de la República mediante el Decreto Supremo 830 del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual fue publicado en el Diario Oficial del 27 de septiembre de 1990, fecha en que la Convención entró en vigencia en Chile.

En términos generales, la Convención sobre los Derechos del Niño establece que los países que la han ratificado deben asegurar que todos los niños y niñas se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; tengan acceso a educación y a salud; puedan desarrollar plenamente su personalidad, habilidades y talentos; crezcan en un ambiente de felicidad, amor y comprensión; y reciban información sobre la manera en que pueden alcanzar sus derechos y participar en el proceso de una forma accesible y activa.

La Convención articula un conjunto de derechos para todos los niños y niñas, sobre la base de cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo; y el respeto por la opinión de los niños y niñas.

La Convención cambió la perspectiva que se tenía sobre la infancia: a partir de este tratado, niños y niñas ya no se consideran propiedad de sus padres ni beneficiarios indefensos de una obra de caridad; son seres humanos con derechos y capacidad de opinión

Decálogo de los Derechos

“Tengo derecho a”:

Saludos Cordiales,
Equipo Directivo
Colegio Andrés Bello de Chiguayante

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